Diego Armando Villafani Miranda fue detenido por las autoridades policiales, luego de cometer un robo a las afueras de la Universidad de la Salle.
En horas de la mañana,
Diego Armado y dos personas más, se dirigieron por la cra. 5, este con 59ª,
justo al frente de la universidad de la Salle; cuando tres jóvenes salían del
establecimientos, estos tipos se les acercaron, dispuestos a robarlas; dos de las
muchachas salieron corriendo en busca de ayuda; pero, Natalia Avendaño,
impactada por lo sucedido quedó paralizada de miedo, y no pudo correr; mientras
sus compañeras llegaban a portería, Diego Armando y uno de sus cómplices la amenazaron
con un arma blanca para arrebatarle su celular, un Samg Sumg Galaxy, quedando
esta, en shock. Rápidamente, los entes policiales salieron en busca de los
delincuentes, capturando a uno de ellos, Diego Armando Villafani Miranda. El patrullero Jeison Camilo
Bustamante, fue quien realizo el operativo de detención, encontró una navaja
entre las pertenecías del detenido, y quien confesó lo que había hecho.
La joven Natalia
Avendaño, sólo realizó la denuncia, por ser ella la víctima directa; pero, una
de sus compañeras, María Camila Cabañal, dio la entrevista declaratoria a las
autoridades, de allí, se estableció un retrato
de los agresores, y dentro de esta, se confirmaron las características de Villana
Miranda; los otros dos cómplices, están prófugos.
El 27 de octubre de
2016, se realizó la audiencia de Diego Armando, frente a un juez de garantías,
la Fiscalía, el Ministerio Público y en su defensa, un abogado de oficio. La Fiscalía
intervino en la audiencia, dando a conocer una carpeta con pruebas contundentes,
y todo los requisitos condenatorias para este caso, dentro de ellos está: acta
de informe de captura, acta de incautación de armas, programa metodológico,
fotografías de las armas y del acusado; huellas dactilares, formato de
actividad criminal, entrevistas del Defensor del Pueblo, entrevista a las
víctimas, entrevista del patrullero, y, verificación de arraigo (el acusado prefirió
no decir nada de sus familia, ya que él no es de la cuidad de Bogotá).
Diego Armando, es
oriundo de la ciudad de Cartagena, y hace más de un año, el 22 de marzo de
2015, también fue participe en un robo con arma de fuego, donde también estuvo
detenido, sin embargo, salió en libertad. Por causas desconocidas, termino en
la cuidad de Bogotá, y con esta situación, deja a claramente, que ha continuado
con su la actividad delinquida, sin impórtale, ya haber estado tras las rejas.
“El Código Penal Colombiano, en
su Artículo 239, dispone que aquel que se apodere de una cosa mueble de otra
persona, para obtener con ella un beneficio personal para sí mismo o para otro,
incurrirá en prisión de 32 a 108
meses. Y, El Hurto Calificado y Agravado tiene una pena que va de
los 12 a los 28 años de prisión.”[1] Dentro
de la audiencia realizada en el Complejo judicial de
Paloquemao, en el Bloque E, aula 52, la Fiscalía se basó en las leyes
condenatorias para dar a entender, la nueva situación legal del acusado,
estipulando así, que Diego Armando Villafani Miranda representa un peligro para
la sociedad y por lo tanto es necesario una medida de aseguramiento: privación
de la libertad; puesto que, también le ha provocado un daño psicológico, siendo
esta una aptitud reprochable para incriminar a la víctima. El Ministerio
Público no recurrió a ningún recursos, ni apelación.
A pesar, que la defensa
en su intervención solicitó la adecuada utilización de las normas de La Corte Interamericana,
la Corte Institucional, para con el trato del acusado; la juez en su intervención,
afirmó, que estas no pueden prevalecer sobre la una colectividad y la seguridad misma de la sociedad. Diego
Armando debe enrumbar su vida, y lograr otra
circunstancia económica, trabajando, no con mecanismo de facilismo, resaltó la
juez, estas conductas no pueden ser pasadas por alto. La balanza se debe equilibrar.
Estas circunstancias dejan la motivación y, exigen a la Corte Interamericana
sus sentencias, cuando se debe hacer (Ley Sentencia 6, 95 de 2013, del honorable Nilson Pinilla
Pinilla) la juez hace referencia al texto: Un juez de garantías impondrá al imputado
una condena y este deberá cumplirla, así, compensará el reglamento con la
presunción de inocencia.
La Fiscalía cumplió con
su labor de “fiscalizar “el acto delinquido, y tanto el Defensor como el Ministerio
público, serán garantes de la sociedad.
La audiencia se realizó, en el Juzgado 79 penal municipal
de garantías, imponiendo la preventiva de libertad, con toda la carga
constitucional; otorgando la boleta de detención para Diego Armando Villafani
Miranda, identificado con la cédula de ciudadanía 1.047.471.422 de Cartagena,
para ser detenido en el establecimiento carcelario de La Modelo. Antes, de
culminar la audiencia, la juez otorga por último la palabra a Fiscalía,
Ministerio Público y Defensa, pero ellos declaran “sin recursos”.
Siendo las 16:50 p.m. se
finalizó la audiencia.
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